¿Hay que declarar, obligatoriamente, el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo aunque no se tenga movimiento?

Manuel Pastrian

Última actualización hace 3 años

Sí, el Formulario 29 debe ser declarado con carácter obligatorio por todos los períodos tributarios, inclusive en aquellos en que no se tenga movimiento, por parte de todos los contribuyentes afectos a la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios, como, por ejemplo, los que hayan realizado timbraje de documentos para operaciones afectas al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y que hayan efectuado, además, su primera declaración con movimiento de IVA, de acuerdo con lo establecido en los artículos 64° y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.


Las declaraciones sin movimiento no se pueden realizar por papel, por lo que el contribuyente cuenta con las siguiente alternativa para presentarla:


Por Internet: Hasta el día 28 de cada mes, a través de sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, opción Declaración mensual (F29), Declarar IVA (F29). Esta aplicación le solicitará su Clave tributaria y Rut.

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