¿Me deben una factura, como la puedo cobrar?

Manuel Pastrian

Última actualización hace 3 años

Las facturas emitidas electrónicamente (que es la obligación actual), se entienden aceptadas por el destinatario una vez transcurridos 8 días desde su emisión. Si el destinatario no la rechaza en ese plazo la factura ya es cobrable inmediatamente. A su vez, las facturas tiene mérito ejecutivo, por lo cual,

las puede cobrar en un juicio rápido de cobro ejecutivo, llegando hasta el embargo de bienes del demandado, en caso de no pago.

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